martes, 28 de noviembre de 2017

¿Qué significa hacer algo #ComoNiña?

¿La trata de mujeres y niñas no es violencia de genero?

El pasado día 25 de noviembre se celebro el Día internacional de la eliminación de la violencia sobre la mujer y, una vez más, los medios de comunicación se llenaron de noticias y espacios sobre “la lacra de la violencia de género”, comúnmente denominada “violencia machista” que parece ser que suena más contundente que violencia de género, a pesar de que éste sea el término adoptado.
La realidad es que el término violencia de género es considerablemente más amplio, aunque un amplio sector de la sociedad no parezca darse cuenta a la vista de determinadas conductas que no sólo son ampliamente toleradas sino incluso jaleadas en función de las circunstancias, tomemos como muestra la prostitución entre otras, y que sin duda son una forma clara de violencia contra la mujer.
En ese sentido contamos con el Convenio del Consejo de Europa sobre la prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, conocido como Convenio de Estambul, donde en su artículo 3 se recogen las definiciones a efectos del presente convenio:
– por violencia contra las mujeres se deberá entender una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y designará todos los actos de violencia basados en el género que implican, o pueden implicar para las mujeres, daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada;
– por violencia doméstica se entenderán todos los actos de violencia física, sexual, psicológica o económica que se producen en la familia o en el hogar o entre cónyuges o parejas de hecho antiguos o actuales, independientemente de que el autor del delito comparta o haya compartido el mismo domicilio que la víctima;
– por género se entenderán los papeles, comportamientos, actividades y atribuciones socialmente construidos que una sociedad concreta considera propios de mujeres o de hombres;
– por violencia contra las mujeres por razones de género se entenderá toda violencia contra una mujer porque es una mujer o que afecte a las mujeres de manera desproporcionada;
– por víctima se entenderá toda persona física que esté sometida a los comportamientos especificados en los apartados a y b;
– el término mujer incluye a las niñas menores de 18 años.
De acuerdo con lo anterior, dentro de este campo también nos encontramos la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, y tal y como se recoge en en Plan Integral de Lucha contra la Trata de Mujeres y Niñas con fines de explotación sexual, “es la esclavitud de nuestro tiempo y, lamentablemente, una realidad en Europa y en nuestro país. Supone una profunda violación de los derechos humanos, de la dignidad y de la libertad de la persona y constituye una forma de delincuencia grave que, en la mayoría de las ocasiones, implica a organizaciones delictivas a las que proporciona importantes beneficios basados en la utilización de las personas con distintos fines de explotación.
Y, entonces, uno se pregunta…
¿Por qué la trata de seres humanos con fines de explotación sexual no se incluye en el concepto de violencia de género o “machista”?
¿Por qué gran parte de la sociedad no lo identifica en ese sentido?
¿Existe mayor acto de violencia física y psicológica contra una mujer? ¿Qué mayor acto de denigración contra una mujer? ¿Qué mayor violación de los derechos humanos? ¿Somos conscientes del negocio que hay detrás y del sufrimiento de las mujeres sometidas?
Y por último os preguntaría ¿Qué opináis, lo incluirías o no?

La educación empieza en la infancia



Situación Femenina

miércoles, 22 de noviembre de 2017

jueves, 9 de noviembre de 2017

Unidades didácticas para el 25N “Día Internacional contra la violencia hacia las mujeres”

Como cada año, USTEA elabora un conjunto de Unidades Didácticas para trabajar en las aulas con motivo del Día Internacional contra la violencia hacia las mujeres el 25 de noviembre.


Descargar PDF pinchando sobre la imagen

http://organizaciondemujeres.org/wp-content/uploads/2017/11/UnidadesDidacticas_25N_2017_STEs.pdf

Fuente: USTEA

miércoles, 8 de noviembre de 2017

La justicia alemana exige legalizar el “tercer género”

La opción del tercer género permite no determinarse como hombre o mujer (Delpixart / Getty Images/iStockphoto)
Las personas que no son ni hombres ni mujeres ahora tienen derecho a inscribir su identidad de género de forma “positiva” en el registro de nacimiento

El Tribunal Constitucional alemán ha instado este miércoles a la administración a permitir en el registro de nacimiento la inscripción de personas con un tercer género (ya sea como “intersexual” o “diverso”) además de “femenino” y “masculino”.

La sentencia argumenta, basándose en el derecho constitucional a la protección de la personalidad, que las personas que no son ni hombres ni mujeres tienen derecho a inscribir su identidad de género de forma “positiva” en el registro de nacimiento.

El fallo supone un paso más allá en la adquisición de derechos de las personas intersexuales en Alemania, que en 2013 lograron por una reforma legal que se permitiese a los padres de recién nacidos que no tuviesen que registrar obligatoriamente a sus hijos como mujeres o varones en el registro civil si no se podía determinar con claridad su género.

domingo, 5 de noviembre de 2017

Agenda escolar coeducativa 2017-2018 del IAM



La coeducación es el camino más eficaz para prevenir las desigualdades de género. La creación y difusión de materiales didácticos permite a la comunidad educativa disponer de herramientas muy útiles para trabajar los valores de la educación para la Igualdad de manera transversal en todas las acciones que se lleven a cabo dentro y fuera de las aulas.

Desde el Instituto Andaluz de la Mujer queremos acompañar al profesorado de Educación Infantil y Primaria, durante este curso escolar 2017-2018, poniendo a su disposición esta Agenda Escolar Coeducativa, que hemos diseñado como herramienta de trabajo y como material didáctico práctico e inspirador.

Queremos contribuir, con la Consejería de Educación, a la formación en Coeducación de las y los profesionales de la enseñanza de nuestra Comunidad Autónoma y facilitar que profesoras y profesores pasen a ser agentes activos y transformadores de las prácticas docentes no sexistas. Se pretende así acompañar a quienes, con su implicación personal y profesional contribuyen a mejorar la relación entre ambos sexos dentro de su comunidad educativa.

El material didáctico incluido en la agenda se acompaña de recursos de apoyo y buenas prácticas, así como de orientaciones básicas y mensajes inspiradores para que el propio profesorado pueda investigar y profundizar de forma autónoma en temas como el lenguaje no sexista, la educación de la afectividad como herramienta para la prevención de la violencia de género, espacios y discursos libres de sexismo o la resolución pacífica de conflictos desde una perspectiva de género.

Este material es una invitación para la reflexión personal y la acción en torno a las implicaciones de la transversalidad de género en la educación infantil y primaria para la creación de espacios libres de sexismo y violencia de género.